Carrera de los empleados del Fondo de Bienestar Social . En el Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República se aplicarán las normas generales que regulan la carrera administrativa de la Rama Ejecutiva del Poder Público. Las inscripciones en carrera de los empleados del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República que se hubieren efectuado hasta la fecha de expedición del presente decreto, son válidas, y por lo tanto, dichos empleados conservan todos sus derechos de carrera. La Comisión Nacional del Servicio Civil procederá a anotar en el Registro Público de Carrera de que trata el artículo 26 de la Ley 443 de 1998, a los empleados de carrera del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, previa certificación del Contralor General de la República sobre su escalafonamiento en carrera, en el término de los seis (6) meses siguientes a la vigencia de este decreto. Igual término se observará para disponer lo que corresponda, para la plena incorporación de los empleados de dicho Fondo al régimen general de carrera administrativa. El Departamento Administrativo de la Función Pública prestará todo su concurso y apoyo técnico para garantizar lo aquí dispuesto.
Decreto 1145 de 1999 →Inexequible
Artículo 49
Decreto 1145 de 1999 · por el cual se dictan normas del régimen especial de carrera administrativa de la Contraloría General de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.