Prestaciones asistenciales para los empleados oficiales en servicio
Todos los empleados oficiales en servicio tienen derecho a asistencia médica, farmacéutica, quirúrgica, hospitalaria, obstétrica, de laboratorio y odontológica, a que hubiere lugar.
La asistencia obstétrica comprende
Atención prenatal, parto y puerperio; y
Atención pediátrica para los hijos del empleado, hasta los seis (6) meses de edad.
Las mencionadas prestaciones asistenciales se suministrarán por la entidad de previsión social a la cual esté afiliado el empleado oficial, y en defecto de dicha afiliación, será provista directamente por la entidad, establecimiento público o empresa oficial a la cual preste sus servicios el empleado.