Micelio

Artículo 25

Son Funciones De La Sección De Análisis Estadístico: A) Realizar Análisis Estadísticos Sobre La Conformación Y Procesamiento De Datos Relacionados Con El Tráfico De Los Servicios De Telecomunicaciones Y Postales En Orden A Su Utilización, Para Los Proyectos De Ensanche O Mejoramiento De Los Mismos; B) Realizar Análisis Estadísticos A Fin De Determinar La Eficiencia Y Necesidades De La Mano De Obra En La Operación De Los Servicios Que Presta El Ministerio Y Los Organismos Adscritos A Él; C) Recoger Y Mantener Al Día Informes Contables Y Financieros Sobre Los Distintos Organismos Adscritos Al Ministerio Y Preparar Informes Y Análisis Estadísticos Sobre Los Mismos; D) Analizar Los Datos Estadísticos Del Departamento Administrativo Nacional De Estadística, Relacionados Con Los Servicios Adscritos Al Ministerio, Para Su Utilización

Decreto 934 de 1964 · por el cual se reglamenta el Decreto-ley número 3267 de 20 de diciembre de 1963.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Análisis Estadístico

a)

Realizar análisis estadísticos sobre la conformación y procesamiento de datos relacionados con el tráfico de los servicios de telecomunicaciones y postales en orden a su utilización, para los proyectos de ensanche o mejoramiento de los mismos;

b)

Realizar análisis estadísticos a fin de determinar la eficiencia y necesidades de la mano de obra en la operación de los servicios que presta el ministerio y los organismos adscritos a él;

c)

Recoger y mantener al día informes contables y financieros sobre los distintos organismos adscritos al ministerio y preparar informes y análisis estadísticos sobre los mismos;

d)

Analizar los datos estadísticos del departamento administrativo nacional de estadística, relacionados con los servicios adscritos al ministerio, para su utilización. VI De la División Postal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 934 de 1964