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Artículo 2

El Artículo 7º Del Acuerdo Sobre Agregación, Quedará Así: "el Título De Agregado De La Facultad Puede Ser De Las Siguientes Clases: "agregado Para Los Cursos De Anatomía

Decreto 186 de 1931 · POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NUMERO 4, DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE MEDICINA Y CIENCIAS NATURALES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El artículo 7º del Acuerdo sobre agregación, quedará así: "El título de agregado de la Facultad puede ser de las siguientes clases: "Agregado para los cursos de Anatomía. "Agregado para el curso de Medicina operatoria. "Agregado para los cursos de Química mineral y orgánica. "Agregado para los cursos de Biología y Fisiología. "Agregado .para los cursos de Bacteriología y Parasitología. "Agregado para los cursos de Histología y Anatomía patológica. "Agregado para .los' cursos de Patología general y Clínica general. "Agregado para los cursos de Patología interna y Clínica interna. "Agregado para los cursos de Patología quirúrgica y Clínica quirúrgica "Agregado para los cursos de Obstetricia y Clínica obstetrical. "Agregado para el curso de Higiene. "Agregado para el curso de Medicina Legal. "Agregado para los cursos de Terapéutica, materia médica y farmacia. "Agregado para la Clínica de ginecología. "Agregado para la Clínica de vías urinarias. "Agregado para la Clínica de órganos de los sentidos. "Agregado para la Clínica de enfermedades mentales. "Agregado para la Clínica de dermatología. "Agregado para la Clínica de medicina infantil. "Agregado para la Clínica de ortopedia y cirugía infantil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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