Micelio

Artículo 500

Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Presencia de las partes en audiencia. La ausencia del agente del Ministerio Público y del apoderado de la parte civil no impedirá la celebración de la audiencia, pero la asistencia del defensor es obligatoria y deberá alegar, verbalmente o por escrito, según el caso.

La asistencia del enjuiciado sólo es obligatoria cuando esté detenido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1345 de 1970