Micelio

Artículo 2

Ley 51 de 1923 · por la cual se fijan las asignaciones de los empleados de las Cámaras Legislativas y se interpreta el numeral 2o del artículo 103 de la Constitución

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

(Transitorio). Los empleados que han venido prestando sus servicios en las presentes sesiones, gozaran de las mismas asignaciones fijadas en el presente artículo anterior desde el día de su posesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 51 de 1923