º A partir de la misma fecha, extiéndese la jurisdicción del Consulado General de Colombia en Santiago de Chile, a las Provincias de Valparaiso, Aconcagua, Coquimbo e Isla de Juan Fernández.
Decreto 1667 de 1985 →Vigente
Artículo 3
º A Partir De La Misma Fecha, Extiéndese La Jurisdicción Del Consulado General De Colombia En Santiago De Chile, A Las Provincias De Valparaiso, Aconcagua, Coquimbo E Isla De Juan Fernández
Decreto 1667 de 1985 · Por el cual se suprimen y crean unos cargos en el servicio exterior.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.