º La Administración Postal Nacional, continuará pagando en sustitución de viáticos, la prima de movilización de que trata el artículo 7º del Decreto 556 de 1980, en cuantía de siete mil quinientos pesos ($ 7.500.00) mensuales.
Decreto 328 de 1981 →Vigente
Artículo 4
La Administración Postal Nacional, Continuará Pagando En Sustitución De Viáticos, La Prima De Movilización De Que Trata El Artículo 7º Del Decreto 556 De 1980, En Cuantía De Siete Mil Quinientos Pesos ($ 7
Decreto 328 de 1981 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleados de la Administración Postal Nacional y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.