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Artículo 1

Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos De La Actual Vigencia: Presupuesto De Inversión Ministerio De Gobierno Capítulo 1020 Rama Técnica Programa 1151 Acción Comunal Subprograma 2

Decreto 2733 de 1968 · por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1968 (Ministerio de Gobierno), por $ 100.000.00.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia: Presupuesto de Inversión Ministerio de Gobierno CAPÍTULO 1020 Rama Técnica Programa 1151 Acción Comunal Subprograma 2. - Fondo Educativo y Cultural. Fondos de Contrapartidas. Inversión Indirecta. 607 312. Artículo 10122. Construcción de escuelas rurales por Acción Comunal en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional (Oapec), en el Departamento del Valle del Cauca. Proyecto 1. Departamento del Valle del Cauca para distribución posterior $ 100.000

a)

Al Municipio de Argelia, para reparaciones escolares 10.000

b)

Al Municipio de Buenaventura, con destino a la construcción del Instituto Técnico Industrial y Agrícola José Celestino Mutis, en Puerto Merizalde 25.000

c)

Al Municipio de Bugalagrande, con destino a reparaciones escolares en Ceilan 10.000

d)

Al Municipio de El Cairo, con destino a reparaciones escolares 10.000

e)

Al Municipio de El Dovio, con destino a reparaciones escolares 10.000

f)

Al Municipio de Sevilla, con destino a reparaciones escolares 10.000

g)

Al Municipio de Tuluá, con destino a reparaciones escolares en La Colonia 10.000

h)

Al Municipio de Tuluá, con destino a reparaciones escolares en La Marina 15.000 Total $ 100.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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