Micelio

Artículo 2820

Para Construcción De Edificios, Cuarteles, Bases Navales Y Aéreas, Escuelas Y Otras Construcciones Militares, Según Distribución Que Hará El Gobierno Por Decreto Separado En El Año

Decreto 1058 de 1955 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Guerra y Obras Públicas)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: Ministerio de Obras Públicas Obras e Inversiones con Recursos del Crédito CAPITULO 135 Construcciones Militares ClgV(a). Del artículo 2820. Para construcción de edificios, cuarteles, bases navales y aéreas, escuelas y otras construcciones militares, según distribución que hará el Gobierno por decreto Separado en el año.$ 6.349.128.11 Ordinal 1°) Para continuar la construcción del Centro de Instrucción Militar, de Melgar (Tolima) $ 4.474.128.11 Ordinal 2°) Para las construcciones del Centro de Ingenieros Militares "Caldas" y Club Militar 1.875.000.00 Suman los contracréditos $ 6.349.123.11 Ministerio de Guerra Obras e Inversiones con Recursos del Crédito CAPITULO 52-A Construcciones Militares ClgV(a). Al artículo 662/6. Para continuar la construcción del Centro de Instrucción Militar de Melgar (Tolima) $ 4.474.128.11 ClgV(a). Al artículo 662/7. Para las construcciones del Centro de Ingenieros Militares "Caldas" y Club Militar 1.875.000.00 Suman los créditos $ 6.349.128.11

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Historia constitucional

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