°. Los Departamentos del Cauca y del Huila cooperarán con el Comandante Militar de Tierradentro en la reconstrucción de la comarca, atendiendo al incremento de los servicios públicos en los Municipios bajo jurisdicción del Comando.
Decreto 1833 de 1965 →Vigente
Artículo 4
Los Departamentos Del Cauca Y Del Huila Cooperarán Con El Comandante Militar De Tierradentro En La Reconstrucción De La Comarca, Atendiendo Al Incremento De Los Servicios Públicos En Los Municipios Bajo Jurisdicción Del Comando
Decreto 1833 de 1965 · Por el cual se crea el Comando Militar de Tierradentro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.