Micelio

Artículo 1

Establécese La Siguiente Escala De Remuneración Para Los Empleos Del Área Técnico-Científica Del Instituto Colombiano Agropecuario, Ica

Decreto 280 de 1983 · Por el cual se establece la escala de remuneración de los empleos del área técnico-científica del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Establécese la siguiente escala de remuneración para los empleos del área técnico-científica del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA. Grado Asignación Básica 01 30.200 02 82.050 03 34.600 04 37.400 05 39.950 06 42.750 07 45.350 08 47.900 09 50.300 10 52.750 11 55.300 12 57.700 13 60.250 14 63.250 15 65.700 16 68.450 17 71.000 18 73.300 19 76.100 20 78.500 21 81.250 22 84.000 23 86.750 24 89.400 25 92.050 26 94.700 27 97.200 28 99.700 29 102.100 30 104.300 31 106.400 32 108.550 33 110.500 34 112.400 35 114.150

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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