La solicitud para la celebración de contratos con entidades financieras para el manejo de los recursos públicos deberá remitirse a la Dirección del Tesoro Nacional, diligenciada y suscrita por el ordenador del gasto y el tesorero o pagador respectivo que girará contra esa cuenta. La celebración de estos contratos se hará previa certificación de la entidad financiera sobre el recibo a satisfacción de los siguientes documentos
Documento que acredite cuáles son los funcionarios que están autorizados para el manejo de la cuenta, así como el acta de posesión respectiva.
Las pólizas de manejo respectivas de cuya suficiencia y términos contractuales serán exclusivamente responsables los funcionarios del órgano titular de la cuenta.
Los documentos que acrediten la personería jurídica, cuando se trate de entidades descentralizadas.