Micelio

Artículo 74

En El Cese Militar Que Se Expida A Todo Empleado Civil Al Ser Trasladado A Otra Repartición, O Por Cualquiera Otra Circunstancia, Se Hará Constar Si Ha Hecho Uso De Vacaciones, La Fecha A Que Correspondan Y Las Que Queden Pendientes

Decreto 351 de 1964 · Por el cual se reglamenta la Ley 68 de 1963 (diciembre 23), sobre personal civil del Ministerio de Guerra, y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el cese militar que se expida a todo empleado civil al ser trasladado a otra Repartición, o por cualquiera otra circunstancia, se hará constar si ha hecho uso de vacaciones, la fecha a que correspondan y las que queden pendientes.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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