º. Podrá prescindirse del examen de bienes que ordena el artículo 33 de la Ley 63 de 1936, cuando por circunstancias que constituyan fuerza mayor o caso fortuito, o por otros motivos especialmente graves, a juicio del Jefe en Rentas de Impuesto Nacionales, no sea posible su apreciación directa. En estos casos se aplicará lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 63 de 1936, tanto para los bienes muebles como para los inmuebles.
Decreto 1001 de 1953 →Vigente
Artículo 4
Podrá Prescindirse Del Examen De Bienes Que Ordena El Artículo 33 De La Ley 63 De 1936, Cuando Por Circunstancias Que Constituyan Fuerza Mayor O Caso Fortuito, O Por Otros Motivos Especialmente Graves, A Juicio Del Jefe En Rentas De Impuesto Nacionales, No Sea Posible Su Apreciación Directa
Decreto 1001 de 1953 · Por el cual se dictan unas normas en relación con los impuestos sucesorales y de donación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.