Micelio

Artículo 6

Decreto 192 de 1889 · Por el cual se reforman los números 249 y 251, sobre división eleccionaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 6.° El Círculo electoral elegirá un Representante principal y dos Suplentes y un Diputado principal y Suplente. Comuníquese, dése cuenta al Ministerio de Gobierno y publíquese. Dado en Santa Marta, á nueve de Enero de mil ochocientos noventa. Ramón Goenaga. El Secretario general, Enrique C. Barros , Es copia - El Secretario general, Enrique C. de Barros .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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