Artículo tercero. Para el cumplimiento de sus objetivos autorízase la apertura de una cuenta bancaria denominada "Campaña nacional de Alfabetización Ministerio de Educación Nacional - ICOLPE" a la cual ingresarán los recursos provenientes de toda clase de donaciones del sector privado y de entidades oficiales y semioficiales que se integren a la Campaña.
Decreto 1796 de 1973 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1796 de 1973 · Por la cual se establece la Campaña Nacional de Alfabetización y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.