Micelio

Artículo 24

Decreto 2531 de 1986 · por el cual se reglamenta la Ley 22 de 1984 sobre el ejercicio de la profesión de la Biología.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando una institución de educación superior oficial o privada, vincule para labores de tipo académico a un Biólogo extranjero, podrá darle la autorización que contempla el

Parágrafo

del artículo 12 de la Ley 22 de 1984, siempre y cuando envíe copia del contrato, resolución o decreto de vinculación, anexando fotocopia autenticada del título de Biólogo o su equivalente otorgado en el extranjero, al Consejo Profesional de Biología, para efecto de estadísticas de profesionales extranjeros vinculados al país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2531 de 1986