Micelio

Artículo 1

El Personal De Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares Podrá Disfrutar Sus Vacaciones En Cualquier Momento Mientras Permanezcan En Servicio Activo

Decreto 3663 de 2007 · por el cual se modifica parcialmente el artículo 98 del Decreto 989 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares podrá disfrutar sus vacaciones en cualquier momento mientras permanezcan en servicio activo. El reconocimiento y pago de las vacaciones causadas y no disfrutadas, se continuará haciendo exigible a partir de la fecha en la que los oficiales y suboficiales sean retirados o se retiren del servicio activo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 174 del Decreto-ley 1211 de 1990.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3663 de 2007