° División de licencias. Numeral 12.4.2. Auxiliares Líneas Domésticas. Auxiliares Líneas Internacionales. Sobrecargos (Purser) Auxiliares Líneas Domésticas Todos los puntos de que trata esta reglamentación. Auxiliares Líneas Internacionales. 1° Todos los puntos para Auxiliares Líneas Domésticas. 2° Hablar, además del idioma castellano, otro, de preferencia el inglés. 3° Presentar y pasar examen sobre conocimientos generales de aviación, de acuerdo a cuestionario vigente. 4° Demostrar prácticamente su habilidad para nadar. 5° Haber volado como A. L. D, un mínimo de 500 horas, Sobrecargos (Purser). 1° Haber volado como Auxiliar en Líneas Internacionales un mínimo de 500 horas. 2° Presentar y pasar un examen sobre papeles de abordo, generalidades de despacho, manifiesto de pasajeros y carga, etc., de acuerdo a cuestionario vigente, Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Decreto 45 de 1961 →Vigente
Artículo 2
División De Licencias
Decreto 45 de 1961 · Por la cual se reforma el numeral12.4 del Manual de Reglamentos, Parte Cuarta, sobre expedición de licencias para auxiliares de Vuelo y Sobrecargos (Pursers)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.