Micelio

Artículo 14

Sección De Personal: Son Funciones De La Sección De Personal Las Siguientes: A) Desarrollar Las Actividades Relacionadas Con La Selección, El Reclutamiento, Registro Y Control Del Personal, Elaboración De Nóminas, Reconocimiento De Prestaciones Sociales Y Demás Servicios Del Personal, De Acuerdo Con Las Disposiciones Legales Vigentes Sobre La Materia; B) Elaborar Los Proyectos De Resolución, Contratos De Trabajo Y Demás Providencias Sobre Las Diferentes Situaciones Administrativas Del Personal; C) Ejecutar Y Coordinar Los Programas De Bienestar Social Del Personal Al Servicio Del Club; D) Elaborar Y Dirigir Programas De Inducción Del Personal En Su Trabajo Y Relaciones Interpersonales En El Club; E) Elaborar, Desarrollar Y Coordinar Con Otras Entidades Los Planes Y Programas De Capacitación, Adiestramiento Y Aprendizaje Del Personal Del Club; F) Coordinar La Prestación De Los Servicios Médicos, Odontológicos Y La Hospitalización De Los Empleados Y Sus Familiares, Y G) Las Demás Que Le Sean Asignadas Y Estén Acordes Con La Naturaleza De La Dependencia

Decreto 2554 de 1986 · por el cual se aprueba un acuerdo de la Junta Directiva del Club Militar.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sección de personal: Son funciones de la Sección de Personal las siguientes

a)

Desarrollar las actividades relacionadas con la selección, el reclutamiento, registro y control del personal, elaboración de nóminas, reconocimiento de prestaciones sociales y demás servicios del personal, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes sobre la materia;

b)

Elaborar los proyectos de resolución, contratos de trabajo y demás providencias sobre las diferentes situaciones administrativas del personal;

c)

Ejecutar y coordinar los programas de bienestar social del personal al servicio del Club;

d)

Elaborar y dirigir programas de inducción del personal en su trabajo y relaciones interpersonales en el Club;

e)

Elaborar, desarrollar y coordinar con otras entidades los planes y programas de capacitación, adiestramiento y aprendizaje del personal del Club;

f)

Coordinar la prestación de los servicios médicos, odontológicos y la hospitalización de los empleados y sus familiares, y

g)

Las demás que le sean asignadas y estén acordes con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2554 de 1986