Micelio

Artículo 57

El Traslado Se Podrá Hacer Por Necesidades Del Servicio, Siempre Que Ello No Implique Condiciones Menos Favorables Para El Empleado

Decreto 1745 de 1983 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos extraordinarios 2016 y 2017 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El traslado se podrá hacer por necesidades del servicio, siempre que ello no implique condiciones menos favorables para el empleado. La solicitud de traslado formulada por un funcionario del servicio exterior podrá ser atendida reincorporándolo al servicio interno o destinándolo a otro cargo en el exterior, en ambos casos en cargos de igual categoría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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