A. Funciones comunes de las dependencias. Son funciones comunes de las dependencias de la Contraloría General de la República, las siguientes
Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de las funciones que cumplen las dependencias y servidores a su cargo, en observancia de los principios que regulan la función administrativa y el principio de unidad de gestión. En las dependencias encargadas de adelantar los procesos de responsabilidad fiscal el reparto se hará de manera aleatoria, salvo asignación especial del Contralor Delegado para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo o el Jefe de la Unidad de Investigaciones Especiales Contra la Corrupción, previa aprobación del Contralor General de la República, por razones de complejidad y especialidad.
Elaborar, implementar y hacer seguimiento a las estrategias, planes, programas y proyectos de su competencia, en coordinación con la Oficina de Planeación.
Preparar y rendir los informes que le sean solicitados por el Contralor General de la República, sus superiores jerárquicos y funcionales, los organismos de control y demás autoridades.
Contribuir en el mantenimiento, actualización, desarrollo y mejoramiento continuo del Sistema de Control Interno y Gestión de la Calidad, o el que haga sus veces.
Promover la participación, el acceso y utilización de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, con el objetivo de facilitar el Gobierno en Línea, mejorar los procesos de gestión, estimular la participación y control ciudadano de manera interactiva.
Participar y facilitar ef funcionamiento de los Comités, Consejos y otras instancias de coordinación.
Responder los derechos de petición que traten temas que correspondan al campo de sus actuaciones”.