Micelio

Artículo 1

Apruébase La Reforma Del Ordinal 11 Del Artículo 31 De Los Estatutos Sociales Del Banco Popular, Autorizada Mediante Resolución Número 04 De 1993 Expedida Por La Asamblea General De Accionistas Del Banco Popular, Cuyo Texto Es El Siguiente: “resolucion Numero 04 De 1993 (Marzo 26) “por Medio De La Cual Se Reforma El Ordinal 11 Del Artículo 31 De Los Estatutos Sociales Del Banco”

Decreto 922 de 1993 · por el cual se aprueba la reforma del ordinal 11 del artículo 31 de los Estatutos Sociales del Banco Popular.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Apruébase la reforma del ordinal 11 del artículo 31 de los Estatutos Sociales del Banco Popular, autorizada mediante Resolución número 04 de 1993 expedida por la Asamblea General de Accionistas del Banco Popular, cuyo texto es el siguiente: “RESOLUCION NUMERO 04 DE 1993 (marzo 26) “por medio de la cual se reforma el ordinal 11 del artículo 31 de los Estatutos Sociales del Banco”. La Asamblea General de Accionistas del Banco Popular, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial las que le confiere el ordinal 8° del artículo 22 de los Estatutos Sociales, y CONSIDERANDO: 1° Que el artículo 7° del Decreto 1026 de 1990, establece “ ... Corresponde a la Junta de Socios o a la Asamblea General de Accionistas ordenar toda emisión de bonos, pero podrá delegar la aprobación del prospecto en la Junta Directiva...”. 2° Que el ordinal 8° del artículo 22 de los Estatutos del Banco, a la Asamblea General de Accionistas le corresponde estudiar y aprobar los Estatutos o las reformas de Estatutos que le presente la Junta Directiva. 3 Que es decisión de la Asamblea General de Accionistas, modificar los Estatutos Sociales del Banco Popular para ajustarlos al Decreto 1026 de 1990, RESUELVE: Artículo 1° El artículo 31, ordinal 11 quedará así: Funciones de la Junta Directiva: corresponden a la Junta Directiva las siguientes funciones: 1. ... … … 11. Autorizar la contratación de empréstitos nacionales o extranjeros, elaborar y aprobar el prospecto de emisión de bonos cuando la Asamblea General de Accionistas le delegue y le fije las bases de la emisión, todo ello de acuerdo con las normas legales vigentes. Artículo 2° La presente Resolución requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional y empezará a regir a partir de la fecha de publicación del respectivo Decreto. Firmado, Octavio Jaramillo Tovar. Firmado, Javier Santacoloma Gaviria. El Presidente, Camilo Ospina Bernal. El Secretario, Absalón Giraldo Suarez”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 922 de 1993