Micelio

Artículo 16

Es Obligación De Los Jefes De Cuerpo Procurar, Por Cuantos Medios Lícitos Fuere Posible, Allegar Viveras Á Los Campamentos Con El Objeto De Evitar Que 1a Tropa Sufra Escaseces, Y Reglamentar De 1a Manera Más Conveniente El Reparto Del Tiempo, Para Que Este No Se Pierda Inútilmente

Decreto 1115 de 1906 · Por el cual se reglamenta el servicio de zapadores en la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Es obligación de los jefes de Cuerpo procurar, por cuantos medios lícitos fuere posible, allegar viveras á los campamentos con el objeto de evitar que 1a tropa sufra escaseces, y reglamentar de 1a manera más conveniente el reparto del tiempo, para que este no se pierda inútilmente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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