Subdirección Administrativa y Financiera. La Subdirección Administrativa y Financiera tendrá las siguientes funciones
Asesorar a la Secretaría General en la adopción de políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración de recursos físicos y financieros del Ministerio.
Realizar funciones relacionadas con los asuntos financieros, de administración financiera, de los servicios administrativos y de contratación administrativa.
Controlar la ejecución del presupuesto, expedir los certificados de disponibilidad presupuestal y demás trámites que le corresponda para el desarrollo de las funciones del Ministerio.
Verificar y llevar la contabilidad general de acuerdo con las normas legales vigentes.
Elaborar y presentar los estados financieros, declaraciones e informes requeridos por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional y la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Contaduría General de la Nación, Contraloría General de la República y demás entidades, dependencias o autoridades que lo requieran.
Elaborar los informes y estados financieros del Ministerio.
Apoyar la gestión ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de las modificaciones presupuestales y del Plan Anual Mensualizado de Caja, PAC, que se requieran.
Ejecutar y supervisar los procedimientos de adquisición, almacenamiento, custodia, mantenimiento y distribución de los bienes necesarios para el buen funcionamiento del Ministerio.
Preparar en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación el Plan Anual de contratación para compra de bienes y servicios del Ministerio y hacer el seguimiento a la ejecución de conformidad con la normatividad aplicable.
Ejecutar los procesos de contratación de bienes y servicios del Ministerio, así como de los contratos interadministrativos que se celebren.
Dirigir, controlar y coordinar los servicios de registro, clasificación y tramitación de correspondencia del Ministerio.
Adelantar las actividades de contratación administrativa y mantener informada a la Secretaría General sobre el desarrollo de las mencionadas actividades.
Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.