La Intendencia no será responsable de los compromisos que se adquieran por los ordenadores sin apropiación o saldos presupuéstales suficientes, y sin previa reserva certificada por la Auditoria Fiscal y el cumplimiento del trámite y requisitos previstos en las normas fiscales para la celebración de contratos. Celebrado el contrato deberá registrarse en la Auditoría Fiscal, para lo de su cargo. Toda conducta en contrario acarreará la responsabilidad personal del ordenador.
Artículo 12
La Intendencia No Será Responsable De Los Compromisos Que Se Adquieran Por Los Ordenadores Sin Apropiación O Saldos Presupuéstales Suficientes, Y Sin Previa Reserva Certificada Por La Auditoria Fiscal Y El Cumplimiento Del Trámite Y Requisitos Previstos En Las Normas Fiscales Para La Celebración De Contratos
Decreto 568 de 1966 · Por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 03 de 1966 (febrero 21), del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia, sobre presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal 1966-1967
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.