En el caso de liquidación de la Empresa, de acuerdo con el artículo 4º de estos Estatutos, el nombramiento de Liquidador corresponderá al Gobierno, y la liquidación deberá someterse a las disposiciones legales pertinentes y a lo que sobre el particular determine el mismo Gobierno. CAPÍTULO XI Disposiciones varias.
Decreto 2056 de 1947 →Vigente
Artículo 38
En El Caso De Liquidación De La Empresa, De Acuerdo Con El Artículo 4º De Estos Estatutos, El Nombramiento De Liquidador Corresponderá Al Gobierno, Y La Liquidación Deberá Someterse A Las Disposiciones Legales Pertinentes Y A Lo Que Sobre El Particular Determine El Mismo Gobierno
Decreto 2056 de 1947 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.