Micelio

Artículo 699

Regimen Sancionatorio

Decreto 1298 de 1994 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema General de Seguridad Social en Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

REGIMEN SANCIONATORIO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 10 de 1990 y en desarrollo de las funciones de inspección y vigilancia, la autoridad competente, según el caso, podrá imponer, según la naturaleza y gravedad de la infracción de cualquiera de las normas de la Ley 10 de 1990 incorporadas o no en el presente estatuto, las siguientes sanciones

a)

Multas en cuantías hasta de 200 salarios mínimos legales mensuales.

b)

Intervención de la gestión administrativa y/o técnica de las entidades que presten servicios de salud, por un término hasta de seis meses.

c)

Suspensión o pérdida definitiva de la personería jurídica de las personas privadas que presten servicios de salud.

d)

Suspensión o pérdida de la autorización para prestar servicios de salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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