°. Funciones del Registro de Garantías Mobiliarias. El Registro de Garantías Mobiliarias se llevará por Confecámaras y cumplirá las siguientes funciones
Disponer para el acceso del público la información vigente de las garantías mobiliarias inscritas en el Registro de Garantías Mobiliarias.
Ofrecer acceso público de sus servicios a través de Internet, así como los servicios de consulta y comunicación con los registros especiales y otros registros, de conformidad con lo dispuesto en este decreto.
Rechazar automáticamente y dar a conocer los motivos del rechazo de la inscripción de alguno de los formularios de registro de conformidad con lo dispuesto en este decreto.
Incorporar en el sistema de archivo la información contenida en los formularios presentados al Registro de Garantías Mobiliarias y consignar la fecha y hora de cada inscripción. El Registro de Garantías Mobiliarias capturará la identidad de la persona que efectúe la inscripción.
Asignar el número de folio electrónico de inscripción inicial y los números de inscripción relacionados con este.
Organizar la información consignada en el sistema de archivo, como un registro de naturaleza personal, en función de la identificación del garante.
Garantizar la integridad de la información consignada en el Registro de Garantías Mobiliarias y prevenir cualquier falla en el sistema que afecte sus servicios.
Proveer a través de internet las certificaciones y copias.
Conservar toda la información para mantener un registro histórico de las inscripciones de las garantías mobiliarias, que permita su recuperación de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de este decreto.
Establecer los mecanismos de pago por internet de los derechos de registro.
Asegurar el cumplimiento de los derechos al hábeas data estableciendo los mecanismos necesarios para ello. CAPÍTULO III Acceso a los servicios del Registro de Garantías Mobiliarias