Establécese A Partir Del 1° De Abril De 1979 La Siguiente Escala De Viáticos De Acuerdo A La Remuneración Mensual Que Corresponde Al Empleo Del Funcionario Que Debe Viajar En Comisión: Remuneración Mensual Viáticos Diarios Para Comisiones Dentro Del País Auxilio De Alojamiento Total Viáticos Diarios En Dólares Estadinenses Para Comisiones En El Exterior Hasta $ 5
Decreto 426 de 1979 · Por el cual se modifican las escalas de remuneración de los empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Establécese a partir del 1° de abril de 1979 la siguiente escala de viáticos de acuerdo a la remuneración mensual que corresponde al empleo del funcionario que debe viajar en comisión: Remuneración mensual Viáticos diarios para comisiones dentro del país Auxilio de alojamiento Total Viáticos diarios en dólares estadinenses para comisiones en el exterior Hasta $ 5.000 450 140 590 50 De $ 5.001 a $ 10.000 580 140 720 60 De $ 10.001 a $ 15.000 850 140 990 100 De $ 15.001 a $ 20.000 1.000 140 1.140 120 De $ 20.001 a $ 25.000 1.100 140 1.240 130 De $ 25.000 en adelante 1.250 140 1.390 150 Director General 1.600 140 1.390 180 Para determinar el valor de los viáticos se tendrán en cuenta los siguientes factores
a)
La asignación básica mensual, y
b)
Los gastos de representación.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.