Micelio

Artículo 32

Loa Ascendientes, Descendientes Menores De Dieciocho (18) Años Y Los Mayores De Edad, Así Como Los Cónyuges De Personas Titulares De Visa Ordinaria Quedarán Exentos De Los Requisitos Señalados En El Ordinal B) Del Artículo 30 Del Presente Decreto, Siempre Y Cuando Estén A Su Cargo Y No Ejerzan Actividades Remuneradas

Decreto 2955 de 1980 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Loa ascendientes, descendientes menores de dieciocho (18) años y los mayores de edad, así como los cónyuges de personas titulares de visa ordinaria quedarán exentos de los requisitos señalados en el ordinal b) del artículo 30 del presente Decreto, siempre y cuando estén a su cargo y no ejerzan actividades remuneradas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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