Micelio

Artículo 13

División Financiera

Decreto 1016 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Hospital Militar Central y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División Financiera . Son funciones de la División Financiera, las siguientes

1.

Elaborar su respectivo plan operativo y de acción anual con base en las políticas y objetivos del Hospital y presentarlo a consideración de la Subdirección Administrativa.

2.

Elaborar los informes y estados financieros conforme a las normas de la Contaduría General de la Nación, para aprobación del Director General y presentación ante el Consejo Directivo y demás organismos que lo soliciten.

3.

Cumplir y hacer cumplir las normas y los procedimientos en materia de contabilidad, costos, presupuesto, tesorería, facturación, cartera y mercadeo.

4.

Diseñar e implantar los instrumentos necesarios para la programación presupuestal, la fijación de tarifas, la determinación de costos estándares, la recuperación de cartera y el control general de las áreas financieras.

5.

Desarrollar una eficiente gestión financiera acorde con las políticas y lineamientos del CSSMP y el Consejo Directivo y evaluarla mediante el análisis de los estados financieros y presentar los informes para la toma de decisiones por la Dirección General.

6.

Controlar y supervisar el manejo de los recursos financieros, para que se ejecuten de acuerdo con los planes y programas establecidos y con las normas orgánicas del Presupuesto General de la Nación.

7.

Diseñar los procedimientos para la administración y el control financiero de cada una de las áreas del Hospital.

8.

Elaborar en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación e Informática el anteproyecto de presupuesto del Hospital y controlar la ejecución del mismo.

9.

Preparar, justificar y tramitar los traslados y adiciones presupuestales que sean necesarios para cumplir el objeto misional del Hospital.

10.

Dirigir la elaboración del plan financiero de fuentes y usos de recursos de la entidad, efectuar su seguimiento y proponer los correctivos necesarios, así como preparar el Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, en coordinación con las demás dependencias del Hospital.

11.

Evaluar la capacidad de oferta de servicios para responder a la demanda de atención de los usuarios del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares, de los particulares, de los afiliados y beneficiarios de empresas promotoras de salud.

12.

Elaborar los estudios de mercado y portafolios respectivos para la venta de servicios de salud, una vez hayan sido satisfechas las necesidades de los afiliados y beneficiarios del SSMP y presentarlo para la aprobación de la Dirección General.

13.

Ejecutar el cobro y castigo de cartera en coordinación con la Oficina Asesora Jurídica.

14.

Realizar los procedimientos y pagos relacionados con las tasas, impuestos, contribuciones y eventuales multas y fallos adversos a la entidad.

15.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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