La Nación dará su cooperación económica a los Municipios de Cajamarca e Ibagué, por los sucesos ocurridos el 13 de noviembre de 1946 y el 30 de noviembre de 1944, consistentes en inundaciones de los ríos Anime y Bermellón, e incendio, los cuales deplora.
Ley 7 de 1948 →Vigente
Artículo 1
Ley 7 de 1948 · Por la cual se señala la cooperación de la Nación en el fomento de obras para mitigar los efectos de las calamidades públicas (inundaciones e incendios) ocurridos en Cajamarca e Ibagué
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.