º. En el reajuste de la prima de antigüedad señalado en el artículo primero, se entienden involucrados los incrementos por año cumplido de servicios ordenados para dicho personal en disposiciones anteriores a este Decreto
Decreto 273 de 1982 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 273 de 1982 · Por el cual se reajusta la remuneraci?n b?sica mensual y la prima de antig?edad del personal que presta sus servicios en las universidades oficiales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.