Artículo transitorio. Los siguientes empleos, creados mediante el Decreto 31 del 10 de enero de 1995, continuarán en la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, hasta tanto se perfeccione la fusión de las Sociedades Minerales de Colombia “Mineralco S. A.” y la Empresa Colombiana de Carbón Ltda. “Ecocarbón”, y se culmine la entrega de funciones por parte del Ministerio de Minas y Energía a la empresa Minercol, de conformidad con lo dispuesto en el
del artículo 1° del Decreto 1674 de 1997, en concordancia con el artículo 6° del Decreto 1679 de 1997. Una vez perfeccionada la fusión y concluida la entrega de las referidas funciones, los empleos de que trata el presente artículo quedarán suprimidos. Los empleados públicos con derechos de carrera cuyos empleos se supriman en virtud de lo dispuesto en el presente artículo podrán optar por el derecho preferencial a ser revinculados o a percibir una indemnización en los términos del artículo 5° del presente decreto. Cantidad Denominación del empleo Código Grado Uno (1) Director Técnico de Ministerio 0100 18 Dos (2) Subdirector Técnico de Ministerio 0150 14 Uno (1) Jefe de División 2040 25 Cinco (5) Jefe de División 2040 17 Dieciséis (16) Profesional Especializado 3010 16 Quince (15) Profesional Universitario 3020 13 Once (11) Profesional Universitario 3020 10 Cuatro (4) Profesional Universitario 3020 08 Diecisiete (17) Profesional Universitario 3020 07 Dos (2) Técnicos Operativos 5040 09 Cinco (5) Topógrafos 4105 08 Cinco (5) Auxiliares Técnicos 4110 06 Dos (2) Técnico Administrativo 4065 11 Seis (6) Técnico Administrativo 4065 08 Cuatro (4) Técnico Operativo 4080 11 Uno (1) Secretario Ejecutivo 5040 18 Ocho (8) Secretario Ejecutivo 5040 16 Diecinueve (19) Secretario 5140 13 Cuatro (4) Auxiliar Administrativo 5120 22 Diez (10) Auxiliar Administrativo 5120 13 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 11 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 09 Uno (1) Ayudante de Oficina 5155 09 Ocho (8) Operario Calificado 5300 09 Doce (12) Conductor Mecánico 5310 09 Siete (7) Auxiliar de Servicios Generales 5335 06