Micelio

Artículo 6

Ley 12 de 1963 · por la cual se ordena al Gobierno la elaboración del Plan Hospitalario Nacional, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación contribuirá con la suma de quinientos mil pesos ($500.000.00) moneda corriente, anuales, mas de lo que actualmente contribuye, para el sostenimiento del Hospital Universitario "San Vicente de Paúl" de Medellín.

El Gobierno queda autorizado para efectuar los traslados necesarios u operaciones de crédito indispensables para dar cumplimiento a la presente disposición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 12 de 1963