° La Banda Nacional de Músicos de Bogotá se considerará como una organización de carácter docente en el ramo de la Instrucción Pública. En consecuencia, todas las personas que componen ese conjunto musical, tendrán el carácter de Profesores, para todos los efectos legales y fiscales.
En tal virtud, tampoco rige para el personal de dicha Banda la limitación establecida en el artículo 7° del Decreto número 320, ya citado; y sus componentes podrán disfrutar simultáneamente de la pensión que se les haya decretado por servicios cumplidos y del sueldo que estén devengando dentro de la Institución, o como Profesores en cualquiera otro establecimiento público docente.