ARTICULO 3o. Funciones . - En desarrollo de sus objetivos, el IDEMA cumplirá las siguientes funciones
Comprar cosechas en zonas marginales de acuerdo con los precios establecidos por el Ministerio de Agricultura;
Importar y distribuir, al por mayor, alimentos básicos cuando se den graves situaciones de desabastecimiento o fallas del mercado, calificadas como tales por la Junta Directiva, con el voto favorable de los ministros de Agricultura y de Hacienda y Crédito Público o sus delegados; En épocas excepcionales de desastres el IDEMA podrá cumplir sus funciones en cualquier zona del país, mientras esta situación persista;
Apoyar o realizar la distribución minorista de productos básicos en zonas marginales;
Cofinanciar los estudios, diseños y construcción de infraestructura física de comercialización en zonas marginales;
Conservar existencias mínimas de seguridad de algunos productos básicos, especialmente de granos, para atender circunstancias extremas de desabastecimiento que no puedan ser superadas de inmediato en el mercado interno o con importaciones;
Las demás que se le atribuyan por la ley. CAPITULO II. ORGANISMOS DE DIRECCION Y ADMINISTRACION DEL INSTITUTO