El Gobierno hará un estudio completo de todos los establecimientos de enseñanza secundaria, normalista e industrial, y los someterá a un planteamiento general de Ja educación, pudiendo trasladar las diversas partidas apropiadas o que se apropien en los Presupuestos Nacionales, teniendo en cuenta las condiciones y necesidades educacionales de cada región.
Ley 4 de 1967 →Vigente
Artículo 6
Ley 4 de 1967 · Por la cual se fomenta la educación secundaria en el Chocó, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.