"Articulo 53. Reformas a. los reglamentos, tarifas, etc. De acuerdo con los términos del contrato para la administración del terminal, celebrado entre, el Gobierno Nacional y Frederick Snare Corporation, los reglamentos y tarifas que aquí se describen pueden cambiarse o reformarse previo aviso público de treinta días, y de común acuerdo entre el Gobierno y los Administradores.
Decreto 65 de 1934 →Vigente
Artículo 53
Reformas A
Decreto 65 de 1934 · Por el cual se aprueba el Reglamento para la Administración del puerto marítimo de Cartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.