Micelio

Artículo 4

Decreto 817 de 1881 · Sobre observaciones de Meteorología agrícola

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4. ° Para estimular y recompensar á los que, conformo á este decreto se encarguen de hacer las observaciones mencionadas, se ofrecen anualmente los siguientes premios: Doscientos pesos ($ 200) en dinero que se adjudicarán al quo, durante todo el año, presente sus cuadros con mayor exactitud y suministre datos que manifiesten haber practicado las observaciones con interes y minuciosidad; Cien posos ($100) en dinero que se adjudicarán al observador cuyos datos sigan en importancia al anterior, y Cincuenta pesos ($50) en dinero que se dirán al observador cuyos datos figuran en importancia al que precede. Estos premios serán discernidos por el se acompañarán con un diploma honorifico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 817 de 1881