Micelio

Artículo 54

Ley 40 de 1907 · Sobre reformas judiciales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 54. Hay causa ilícita en los convenios que tengan por objeto obtener el retiro de licitadores, ó evitar pujas, en cambio de concesiónes de dinero ó de otra especie, en cualquiera clase de subasta pública.

Además, tanto el Fisco como las personas damnificadas por el convenio tendrán acción de perjuicios contra los que lo acordaron.

El funciónario público que tenga conocimiento del convenio dará cumplimiento a lo que dispone el artículo 1511 del Código Judicial.

tercerías

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 40 de 1907