Art. 54. Hay causa ilícita en los convenios que tengan por objeto obtener el retiro de licitadores, ó evitar pujas, en cambio de concesiónes de dinero ó de otra especie, en cualquiera clase de subasta pública.
Además, tanto el Fisco como las personas damnificadas por el convenio tendrán acción de perjuicios contra los que lo acordaron.
El funciónario público que tenga conocimiento del convenio dará cumplimiento a lo que dispone el artículo 1511 del Código Judicial.
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