Modificación del artículo 3° del Decreto 1280 de 2018 . Modifíquese el artículo 3° del Decreto 1280 de 2018, el cual quedará así: “Artículo 3°. Vigencia . El presente Decreto empezará a regir a partir del 1° de agosto de 2019”.
Decreto 2389 de 2018 →Vigente
Artículo 1
Modificación Del Artículo 3° Del Decreto 1280 De 2018
Decreto 2389 de 2018 · por el cual se modifica el artículo 3 del Decreto 1280 de 2018
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.