El Director General de la Policía Nacional ejercerá sus funciones directivas y de mando por medio de los siguientes organismos: A. Subdirección General B. Inspección General C. Estado Mayor de Planeación D. Rama de Servicios de Policía E. Rama de Personal y Docencia F. Rama Administrativa.
Decreto 2347 de 1971 →Vigente
Artículo 40
El Director General De La Policía Nacional Ejercerá Sus Funciones Directivas Y De Mando Por Medio De Los Siguientes Organismos: A
Decreto 2347 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.