Micelio

Artículo 2

Decreto 18650318 de 1865 · disminuyendo los sueldos de los empleados de los hospitales militares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Los enfermeros, roperos, cocineros i portero, tendrán, ademas de su sueldo, una racion diaria que fijará el intendente general o el respectivo intendente de ejército, o la respectiva autoridad civil, segun las circunstancias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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