De conformidad con el artículo 160 del Decreto extraordinario 294 de 1973, ninguna autoridad podrá contraer obligaciones imputables al presupuesto de gastos sobre apropiaciones inexistentes, en exceso de saldo disponible o con anticipación a la apertura del crédito adicional correspondiente y quienes lo hicieren responderán personalmente por la obligación que contraigan.
Artículo 58
De Conformidad Con El Artículo 160 Del Decreto Extraordinario 294 De 1973, Ninguna Autoridad Podrá Contraer Obligaciones Imputables Al Presupuesto De Gastos Sobre Apropiaciones Inexistentes, En Exceso De Saldo Disponible O Con Anticipación A La Apertura Del Crédito Adicional Correspondiente Y Quienes Lo Hicieren Responderán Personalmente Por La Obligación Que Contraigan
Decreto 3720 de 1986 · por el cual se liquida y expide el presupuesto de los establecimientos públicos nacionales para la vigencia fiscal de 1987.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.