ARTICULO 72. División de Apoyo al Usuario . Conforme a las políticas e instrucciones del Subdirector, son funciones de la División de Apoyo al Usuario, las siguientes
Asesorar, orientar y prestar apoyo técnico a los usuarios de los sistemas de información de la Dirección;
Realizar las pruebas de calidad al software desarrollado por las distintas áreas competentes de la Dirección;
Revisar y aprobar los manuales del usuario para la utilización de los sistemas de información construido por la Oficina;
Coordinar con la Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales el entrenamiento de los usuarios en el uso de los sistemas de información construidos por la Subdirección;
Coordinar con las distintas Oficinas, Subdirecciones, divisiones regionales de Informática y la Subdirección de Informática las propuestas de nuevos sistemas, servicios o mejoras a los mismos, su desarrollo e implantación a nivel nacional;
Coordinar con las distintas divisiones regionales de Informática las propuestas de adquisición, arrendamiento o mantenimiento de hardware y software;
Las demás que le sean asignadas por el Subdirector de Informática.