Artículo tercero. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición
Decreto 699 de 1966 →Vigente
Artículo 3
Decreto 699 de 1966 · Por el cual se reglamenta el numeral 2° del artículo 41 del Decreto número 2351 de 4 de septiembre de 1965
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.