Micelio

Artículo 15

Para Los Efectos Del Artículo Anterior, Considéranse Campañas Directas Del Ministerio De Salud Pública, En La Actualidad Y Por El Tiempo Que El Ministerio Estime Necesario, Las Siguientes; A) Erradicación De La Malaria

Decreto 2470 de 1968 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Salud Pública

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos del artículo anterior, considéranse campañas directas del Ministerio de Salud Pública, en la actualidad y por el tiempo que el Ministerio estime necesario, las siguientes

a)

Erradicación de la Malaria.

b)

Control de la Lepra.

c)

Educación Sanitaria.

d)

Erradicación del pian.

e)

Erradicación del Aedes Aegipty

f)

Campañas masivas de Vacunación.

Parágrafo

En cumplimiento de lo dispuesto en este artículo todos los efectivos actualmente destinados a cada uno de estos programas, pasarán a ser parte de la División de Campañas Directas, en donde se someterán a la reorganización prevista en el

Parágrafo

del artículo 14 de este Decreto. De la División de Atención Médica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2470 de 1968